De qué trata

Una persona condenada por simulación de investidura o cargo pidió a la Corte Suprema que ocultara su nombre y datos de identificación de los sistemas de información pública de la Rama Judicial. Argumentó que, pese a haber cumplido la sanción, su información seguía apareciendo de forma abierta para cualquier ciudadano, lo que afectaba su intimidad y buen nombre.

Qué decidió la Corte

La Sala negó la solicitud. Explicó que, aunque el habeas data ampara la intimidad, en materia penal no se puede suprimir total y definitivamente el antecedente; a lo sumo procede su circulación restringida cuando se demuestra que la pena se cumplió o prescribió. Como el peticionario se limitó a pedir la supresión sin aportar ningún documento que acreditara la extinción de la sanción, no satisfizo la carga procesal exigida.

Por qué importa

Quien quiera anonimizar sus datos en los sistemas judiciales debe demostrar, con documentos, que ya cumplió la pena o que esta prescribió. No basta la simple solicitud: la Corte no asume de oficio esa verificación y, sin prueba, no concede la reserva.