De qué trata

Óscar Ulises Corrales Plaza fue condenado por acceso carnal violento y acto sexual violento, agravados, cometidos contra una niña. Su defensa interpuso casación con dos cargos: que el tribunal valoró mal el dictamen médico legal (que halló el himen íntegro), y que distorsionó los testimonios de descargo, según los cuales la menor no estaba sola en la casa del procesado.

Qué decidió la Corte

La Sala inadmitió ambos cargos. Sobre el dictamen, explicó que el propio perito aclaró que un himen elástico no permite descartar la penetración ni otros actos sexuales, y que la defensa no demostró ningún error científico, sino que solo discrepaba de la conclusión. Sobre los testimonios, la Corte observó que el tribunal sí ponderó su contenido, pero les restó credibilidad al valorarlos junto con el resto de la prueba; lo jurídicamente relevante era que la menor estuvo en el lugar, contiguo al domicilio del procesado. Ninguno de los reparos demostró una verdadera distorsión de la prueba.

Por qué importa

En delitos sexuales, un himen íntegro no descarta el abuso: la consumación no requiere desgarro ni penetración completa. Y en casación no basta con discrepar de cómo el tribunal valoró testigos o peritos; hay que demostrar un error concreto que haya cambiado el sentido del fallo, no ofrecer una lectura alternativa de la prueba.