De qué trata

Un hombre fue condenado en primera y segunda instancia como cómplice del homicidio agravado de un transportador de ganado y su hijo de cuatro años, ocurrido en zona rural de Frontino (Antioquia) en 2012. Según las instancias, él atrajo a las víctimas a un lugar despoblado con la excusa de un transporte de ganado inexistente, dejándolas en indefensión para que otras personas las atacaran. Su defensa acudió en casación con dos cargos: nulidad por violación del debido proceso y violación indirecta de la ley por falso raciocinio en la prueba indiciaria.

Qué decidió la Corte

La Sala de Casación Penal inadmitió la demanda. Consideró que el cargo de nulidad cuestionaba en realidad un acto de parte (la imputación y la acusación), que no es susceptible de nulidad, y que la defensa no demostró cómo se afectó la estructura del proceso. Sobre el falso raciocinio, encontró que el recurrente no precisó qué regla de la experiencia se desconoció ni por qué las inferencias del Tribunal eran erróneas, limitándose a ofrecer su propia opinión sobre la prueba.

Por qué importa

La decisión recuerda que la casación no es una tercera instancia: no basta con discrepar de la valoración probatoria o señalar supuestas irregularidades en abstracto. Quien alega nulidad o falso raciocinio debe demostrar de forma concreta y técnica el error y su impacto determinante en el fallo, respetando la doble presunción de legalidad y acierto de la sentencia.