De qué trata
Un hombre fue acusado por el delito de favorecimiento y facilitación del contrabando, tras la incautación en Sabaneta (Antioquia) de implantes dentales de origen extranjero ingresados ilegalmente al país. La mercancía había sido enviada desde Bogotá como encomienda con destino a Medellín. El juzgado de Envigado y luego el de Bogotá se declararon sin competencia para adelantar el juicio, y el expediente llegó a la Corte para dirimir el conflicto.
Qué decidió la Corte
La Corte asumió la definición porque el conflicto involucraba autoridades de distintos distritos judiciales. Resolvió que la conducta se ejecutó en varios lugares (Bogotá, Medellín y Sabaneta), por lo que la competencia recae donde la Fiscalía formuló la acusación y donde están los elementos fundamentales de la misma. Como la mercancía se incautó en Sabaneta y allí se radicó la acusación, asignó el juicio al Juzgado Primero Penal del Circuito de Envigado.
Por qué importa
La decisión reitera la regla del artículo 43 del Código de Procedimiento Penal: cuando el delito se realiza en varios sitios, el juez competente es el del lugar de la acusación, elegido por la Fiscalía según dónde concentre los elementos de prueba. Aplica al contrabando el mismo criterio del transporte de estupefacientes, que se consuma donde se incauta la sustancia.