De qué trata

Un ciudadano es solicitado en extradición por el Gobierno de los Estados Unidos, que lo requiere por fraude bancario, lavado de activos, apoyo material a organizaciones terroristas y concierto para delinquir, entre otros. En la fase probatoria del trámite, la defensa y el Ministerio Público pidieron verificar si el requerido tiene procesos o antecedentes penales en Colombia.

Qué decidió la Corte

La Corte accedió a esa petición común y ordenó oficiar a la Fiscalía y a la DIJIN para que, en diez días, informen si existen investigaciones, procesos en curso o condenas contra el requerido, con su radicación, hechos y estado. Consideró la prueba pertinente porque permite verificar el principio de non bis in ídem, cuya vulneración puede impedir la entrega o dar lugar a una entrega diferida.

Por qué importa

La decisión muestra que, en el trámite de extradición, la Corte solo decreta pruebas conducentes y útiles para el concepto que debe rendir, en especial las que protegen la garantía de no ser juzgado dos veces por los mismos hechos. Comprobar los procesos internos del requerido es clave para que el Ejecutivo pueda dar prevalencia a la jurisdicción colombiana cuando corresponda.