De qué trata
El Gobierno de Brasil pidió la extradición de un ciudadano colombiano por tráfico internacional de drogas. Dentro del trámite, el Ministerio Público y la defensa solicitaron varias pruebas, y la Corte debía decidir cuáles decretaba antes de emitir su concepto.
Qué decidió la Corte
La Corte admitió únicamente la prueba común a las dos partes: oficiar a la Fiscalía y a la DIJIN para saber si existen investigaciones o condenas contra el requerido en Colombia, en aras de descartar una eventual violación del non bis in ídem. Negó las peticiones de la defensa sobre identidad y documentación por innecesarias, ya que esos datos y piezas ya estaban en el expediente.
Por qué importa
La providencia recuerda que en extradición la actividad probatoria es limitada: solo procede lo que sirva para verificar los requisitos del concepto (validez de la documentación, identidad, doble incriminación, decisión judicial y causas que inhiben la entrega). Todo lo que no apunte a esos temas o resulte superfluo se rechaza.