De qué trata
Dos hombres, señalados de integrar un grupo delictivo organizado dedicado a homicidios, secuestros y narcotráfico en Soacha, pidieron su libertad por vencimiento de términos. Una juez de Soacha rehusó conocer la audiencia por considerar que, tratándose de miembros de un grupo delictivo organizado y estando ya radicada la acusación, la competencia correspondía a Bogotá. La defensa se opuso y el asunto llegó a la Corte para definir la competencia entre distritos.
Qué decidió la Corte
La Corte declaró que la competencia corresponde a los jueces de control de garantías de Bogotá (reparto). Explicó que las solicitudes de libertad de miembros de grupos delictivos u organizados armados siguen una regla especial y progresiva: primero, el lugar de la imputación; y, superada esa fase, el lugar donde se presentó la acusación. Verificó que desde la imputación se les atribuyó la pertenencia al grupo “Los Paisas” y que la acusación se radicó en Bogotá. Ante la ausencia de jueces ambulantes en la capital, asignó la diligencia a los jueces ordinarios de garantías de reparto.
Por qué importa
La decisión aclara las reglas especiales de competencia para procesos contra integrantes de grupos delictivos organizados, en los que el territorio se fija según el avance del proceso. También reitera que esa competencia especial solo opera cuando la pertenencia al grupo aparece reconocida de forma expresa en la imputación o la acusación, como garantía del debido proceso.