De qué trata

Una nueva apoderada presentó, en nombre de un patrullero de la Policía Nacional, una segunda demanda de revisión contra el fallo del 12 de noviembre de 2024 del Tribunal Superior Militar y Policial, que confirmó la condena dictada por el Juzgado de Policía Metropolitana de Bogotá por favorecimiento de la fuga en modalidad culposa (artículo 450 del Código Penal). Invocó la causal 2 del artículo 220 de la Ley 600 de 2000, por prescripción. La demanda resultó idéntica a la primera, inadmitida mediante AP5547-2025.

Qué decidió la Corte

Dispuso estarse a lo resuelto en el AP5547-2025 del 13 de agosto de 2025 y omitió el estudio de la nueva demanda, con apoyo en el precedente sobre reiteración temeraria de acciones de revisión. En aquella decisión ya se había explicado que el término de prescripción de cinco años se incrementa en la mitad por la condición de servidor público, para un total de siete años y seis meses. Contra la decisión procede el recurso de reposición.

Por qué importa

Cambiar de abogado no autoriza repetir la misma demanda: la reiteración temeraria de acciones de revisión releva a la Corte de estudiarlas de nuevo. La providencia también recuerda una regla sustancial de uso frecuente: para los servidores públicos, el término de prescripción de la acción penal se aumenta en la mitad.