De qué trata

Una persona condenada por hurto y falsedad en documento pidió a la Corte que ocultara la información de su proceso en los sistemas públicos de consulta de la Rama Judicial, alegando que se trataba de antecedentes viejos y ya prescritos.

Qué decidió la Corte

La Corte no accedió a la solicitud. Señaló que el peticionario no aportó ningún auto, oficio o documento que acreditara jurídicamente la extinción de la sanción penal. Como esa acreditación es una carga procesal a cargo del interesado y no se cumplió, no había lugar a reservar o anonimizar los datos.

Por qué importa

La decisión reitera que en materia penal no existe un derecho a borrar por completo el antecedente, sino a restringir su circulación, y solo cuando se demuestra que la pena se cumplió o prescribió. Sin esa prueba, la información sigue siendo consultable.