De qué trata

El defensor de un ciudadano salvadoreño, requerido en extradición por el Gobierno de la República de El Salvador dentro del proceso que adelanta el Juzgado Tercero de Instrucción de San Salvador por apropiación indebida de vehículo automotor y estafa, interpuso recurso de reposición contra el auto AP1940-2026, del 25 de marzo de 2026, que resolvió sus solicitudes probatorias dentro del trámite. En el recurso volvió sobre las mismas peticiones que ya habían sido negadas.

Qué decidió la Corte

No repuso el auto: el recurrente se limitó a reiterar las solicitudes sin atacar los fundamentos de la negativa. Reiteró que en este trámite solo son admisibles pruebas orientadas a verificar los requisitos del concepto, sin que quepa debatir asuntos del proceso penal extranjero, el arraigo o el estado de salud del requerido, aspectos que competen al Gobierno Nacional. Practicadas las pruebas decretadas, ordenó correr traslado por cinco días para los alegatos conclusivos. Contra el auto no procede recurso alguno.

Por qué importa

El auto delimita el papel de la Corte en la extradición: verificar los requisitos formales del concepto, no juzgar el caso extranjero. Las circunstancias personales del requerido —arraigo, salud— no se debaten ante la Sala, sino que quedan en manos de la decisión discrecional del Gobierno Nacional al momento de resolver la entrega.