De qué trata

El defensor de un procesado presentó demanda de casación contra la sentencia del 21 de octubre de 2025 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, que confirmó la condena dictada en 2023 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Conocimiento de Itagüí por omisión del agente retenedor o recaudador, en concurso homogéneo y sucesivo, por IVA y retenciones en la fuente no consignados de una sociedad. Al estudiar la admisión de la demanda, la Sala advirtió que la DIAN certificó el pago total de esas obligaciones.

Qué decidió la Corte

La Sala declaró extinguida la acción penal por pago de las obligaciones tributarias, con fundamento en el numeral 6 del artículo 82 y el parágrafo del artículo 402 del Código Penal, y decretó la cesación del procedimiento en favor del procesado. La razón central fue la certificación de la DIAN que acreditó que las obligaciones por IVA y retenciones en la fuente se encuentran canceladas. Contra la decisión procede el recurso de reposición.

Por qué importa

Confirma que en el delito de omisión del agente retenedor el pago íntegro de lo adeudado apaga el proceso penal en cualquier etapa, incluso cuando el expediente ya está en la Corte para decidir la admisión de la casación. Es una salida objetiva: acreditado el pago, la extinción se declara.