De qué trata
Argentina solicitó la extradición del ciudadano australiano Mark Edward Mills (también conocido como Lenny Taylor), requerido por un juzgado de Buenos Aires por el delito de sustracción de menores. Según la denuncia de la madre, el padre aprovechó un encuentro pactado con su hijo para no restituirlo y sacarlo del país por pasos no autorizados, pese a una prohibición judicial de salida, privando a la madre de su custodia. La Corte debía emitir el concepto previo a la decisión del Gobierno.
Qué decidió la Corte
La Corte emitió concepto favorable, con base en la Convención de Montevideo de 1933. Verificó la documentación, la plena identidad (confirmada por cotejo dactiloscópico), la jurisdicción de Argentina y la ausencia de prescripción. Sobre la doble incriminación, precisó que la conducta equivale en Colombia al delito de ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad —y no al secuestro como proponía el Ministerio Público—, citando su propia jurisprudencia. Rechazó los argumentos de la defensa: que la persona sea pedida solo para indagatoria no impide la entrega, y que se trate de un asunto familiar es algo que debe debatirse en el proceso penal argentino.
Por qué importa
La decisión aclara que, bajo la Convención de Montevideo, basta con que la persona esté siendo investigada (aunque sea para rendir indagatoria) para ser extraditada, sin necesidad de una acusación formal como la colombiana. También fija que sustraer a un hijo para privar al otro padre de su custodia es delito en Colombia, encajando en el ejercicio arbitrario de la custodia, no en el secuestro.