De qué trata

Una juez penal municipal de Bogotá absolvió a un hombre acusado de inasistencia alimentaria. La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, al resolver la apelación, revocó esa absolución el 29 de junio de 2021 y lo condenó por primera vez como autor del delito. Su apoderada acudió entonces a la impugnación especial, el mecanismo que garantiza la doble conformidad, es decir, el derecho de toda persona a que su primera condena sea revisada por un juez distinto del que la dictó.

Qué decidió la Corte

La Sala confirmó la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Bogotá, al no encontrar razones para revocar la primera condena impuesta en segunda instancia. Ordenó devolver la actuación al Tribunal de origen para el trámite pertinente y precisó que contra esta decisión no proceden recursos, con lo cual la condena por inasistencia alimentaria quedó en firme tras superar el examen de la doble conformidad.

Por qué importa

El caso ilustra el funcionamiento de la doble conformidad: cuando una persona absuelta en primera instancia es condenada por primera vez en apelación, tiene derecho a que la Corte revise íntegramente esa condena. También recuerda que la inasistencia alimentaria, delito frecuente y de gran impacto familiar, llega hasta la Sala de Casación Penal cuando la primera condena surge en segunda instancia.