De qué trata
Casación en proceso por lavado de activos, rad. 51092, M.P. José Francisco Acuña Vizcaya. La Sala no casó y aprovechó la ocasión para sintetizar la doctrina consolidada sobre el origen ilícito de los bienes.
Qué decidió la Corte
La Sala reiteró, en sus propias palabras: «(i) Uno de los elementos del delito de lavado de activos es el origen directo o indirecto de los bienes …; (ii) por tanto, ese aspecto inexorablemente debe hacer parte del tema de prueba; (iii) ese elemento del tipo penal, como los demás, debe demostrarse en nivel de certeza –racional– (Ley 600 de 2000) o convencimiento más allá de duda razonable (Ley 906 de 2004); (iv) su acreditación puede hacerse a través de “prueba directa” o “prueba indirecta”; (iv) no es necesario que exista una condena previa …; (v) tampoco es imperioso que se establezca que los delitos … ocurrieron en determinadas condiciones de tiempo, modo o lugar …; (vi) no existe un régimen de tarifa legal para la valoración de los hechos indicadores…» (la numeración romana del texto original duplica el «(iv)»: se reproduce tal cual figura en la providencia).
Enumeró además los datos que acepta como hechos indicadores: la magnitud del dinero blanqueado; la vinculación de los autores con actividades ilícitas o con grupos relacionados con ellas; lo inusual o desproporcionado del incremento patrimonial; la naturaleza de las operaciones económicas, con uso de abundante dinero en efectivo; la inexistencia de justificación lícita de los ingresos; la debilidad de las explicaciones sobre el origen de los capitales; y la existencia de sociedades «pantalla» o entramados financieros sin actividad económica acreditadamente lícita.
Por qué importa
Sintetiza en un solo lugar la doctrina dispersa sobre el origen ilícito de los bienes, con su catálogo de hechos indicadores admitidos. Es de doble filo: conviene medir cuántos de esos indicadores concurren realmente en el caso propio antes de invocar la providencia, porque su fuerza persuasiva depende de la acumulación, no de uno solo de ellos.