De qué trata
Un hombre fue acusado de abusar sexualmente de una niña de 7 años que vivía en la misma casa. En primera instancia fue absuelto, porque el juez consideró que el relato de la menor era “implantado” y que existía un conflicto familiar por la vivienda. El Tribunal revocó esa decisión y lo condenó. La defensa presentó impugnación especial.
Qué decidió la Corte
La Corte confirmó la condena. Explicó que el juez de primera instancia valoró el testimonio de la niña con criterios propios de adultos, desconociendo el enfoque diferencial etario que obliga a evaluar el relato según la edad, el lenguaje y el desarrollo del menor. El testimonio de la niña, coherente con sus entrevistas previas y corroborado por su hermana, madre, abuela y por la presencia de semen en su ropa, permitió acreditar la agresión más allá de toda duda razonable.
Por qué importa
La providencia consolida el enfoque diferencial etario como herramienta obligatoria para valorar las declaraciones de niños, niñas y adolescentes. Las imprecisiones propias de la edad no restan credibilidad, y las versiones previas de menores víctimas de delitos sexuales son prueba de referencia válida que ingresa por distintos medios al juicio.