De qué trata

Un hombre que actuaba como «marcador» de la banda «Los XJ», dedicada al hurto mediante la modalidad de fleteo, fue condenado por homicidio agravado, hurto calificado agravado y porte ilegal de armas de fuego. El Tribunal Superior de Bogotá modificó parcialmente el fallo de primer grado en marzo de 2023 y confirmó la condena. La defensa presentó casación y la Corte solo admitió el cargo tercero, referido a la tasación de la pena del homicidio agravado con una ley que no estaba vigente cuando ocurrieron los hechos.

Qué decidió la Corte

La Sala casó parcialmente: las instancias violaron directamente la ley al dosificar el homicidio agravado con la Ley 2197 de 2022, posterior a los hechos y más gravosa. De oficio, declaró prescrita la acción penal por concierto para delinquir simple, porque el Tribunal, al suprimir el agravante, no analizó el efecto del cambio de calificación en la prescripción. Fijó la pena definitiva en 428 meses y 20 días de prisión, preservando la proporción del criterio dosificador de instancia.

Por qué importa

Deja dos lecciones de legalidad penal: la pena se tasa con la ley vigente al momento de los hechos, nunca con una posterior más severa; y todo cambio de calificación jurídica obliga a revisar la prescripción. Además, precisa que la redosificación en casación debe respetar la proporción que aplicaron los jueces de instancia.