De qué trata

Durante el evento Salsa al Parque, un hombre murió por heridas causadas con arma cortopunzante. El Juzgado Primero Penal del Circuito de Villavicencio absolvió al acusado en octubre de 2023, pero la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad revocó el fallo el 5 de abril de 2024 y lo condenó por primera vez, como autor de homicidio agravado por motivo fútil, a 400 meses de prisión. La defensa promovió entonces la impugnación especial ante la Corte.

Qué decidió la Corte

La Sala excluyó de la valoración probatoria un testimonio que no fue sometido a contradicción, en garantía de ese principio. Aun sin esa prueba, halló acreditada la autoría más allá de toda duda razonable y confirmó la condena impuesta por primera vez en segunda instancia. La decisión quedó notificada en estrados y contra ella no proceden recursos.

Por qué importa

Reafirma una garantía básica del juicio oral: el testimonio que la defensa no pudo contradecir no puede fundar una condena y debe excluirse de la valoración. A la vez, muestra que la exclusión de una prueba no derrumba el fallo si las restantes acreditan la autoría más allá de toda duda razonable.