De qué trata
Un hombre fue condenado a 90 meses de prisión como autor de estafa agravada en la modalidad de delito masa por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Villavicencio, fallo confirmado con modificaciones por la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad en febrero de 2024, que además decretó la preclusión por simulación de investidura o cargo. Su defensor promovió la acción de revisión invocando la causal séptima del artículo 192 de la Ley 906 de 2004, derivada del cambio jurisprudencial favorable adoptado por la Corte en la sentencia SP3252-2024.
Qué decidió la Corte
La Sala declaró fundada la causal séptima de revisión y rescindió parcialmente las sentencias, exclusivamente para reducir las sanciones: 54 meses de prisión, multa de 114 salarios mínimos e inhabilitación por el mismo término. Fijó la regla de que el cambio favorable de jurisprudencia de la Corte, como órgano de cierre, habilita la rescisión de la condena ejecutoriada fundada en el criterio abandonado. En lo demás, los fallos permanecen incólumes.
Por qué importa
Confirma que la cosa juzgada cede ante la jurisprudencia favorable: cuando la Corte abandona un criterio con el que alguien fue condenado, la acción de revisión permite rehacer la pena. Es una herramienta concreta para los sentenciados bajo doctrinas ya superadas. La providencia registra una aclaración de voto.