De qué trata
La Fiscalía, el Ministerio Público, apoderados de víctimas, el acusado y su defensor apelaron la sentencia del 15 de febrero de 2024 del Tribunal Superior de Barranquilla, que condenó a un fiscal seccional de Sabanalarga (Atlántico) como autor de peculado por apropiación, lo absolvió por cohecho propio y declaró extinguida la acción penal por prevaricato por omisión y abuso de función pública. El caso nació de la decisión de 2015 en la que el funcionario ordenó entregar a una denunciante los títulos de depósito judicial producto de la explotación minera de un predio embargado dentro de una investigación a su cargo.
Qué decidió la Corte
Revocó la absolución por prevaricato por acción y condenó al procesado también como autor de ese delito. Modificó las penas principales: 120 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término y multa de $242.601.661. Confirmó el fallo en lo demás, informó que frente a la nueva condena procede la impugnación especial y ordenó devolver el expediente al tribunal de origen.
Por qué importa
Los fiscales responden penalmente por las decisiones manifiestamente contrarias a la ley que adopten en sus propios procesos: disponer de bienes cautelados en favor de un particular puede configurar, a la vez, peculado y prevaricato. La providencia también recuerda que quien resulta condenado por primera vez en la apelación conserva la garantía de la impugnación especial.