De qué trata

La defensa de un hombre condenado como autor de homicidio agravado y porte de armas de fuego recurrió en casación el fallo del 21 de julio de 2022 del Tribunal Superior de Cali, que confirmó la condena impuesta por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de esa ciudad. En la imputación, la agravante del numeral 7º del artículo 104 del Código Penal se sustentó en el aprovechamiento del estado de indefensión de la víctima, desarmada y en huida; en la acusación, en cambio, en su situación de inferioridad por portar solo un cuchillo frente a un arma de fuego.

Qué decidió la Corte

Casó parcialmente la sentencia: constató la mutación de los hechos jurídicamente relevantes que soportaban la circunstancia de agravación, la eliminó y redujo la pena de prisión a 220 meses, con inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por igual término. En lo demás, el fallo permaneció incólume y contra la decisión no proceden recursos.

Por qué importa

Impone disciplina a la Fiscalía en la construcción del caso: los hechos que sustentan cada agravante deben permanecer idénticos desde la imputación hasta la acusación. Cuando esa base fáctica muta, se afecta la valoración probatoria y la Corte puede eliminar la agravante en casación, con una rebaja sustancial de la pena.