De qué trata
Un congresista es procesado por injuria agravada a raíz de un mensaje que publicó en la red social X contra un dirigente político. En el juicio, su defensa pidió la nulidad de la actuación alegando que se había violado la congruencia entre la indagatoria y la acusación, y reclamó que se valorara una retractación. La Sala Especial de Primera Instancia negó la nulidad y la defensa apeló solo ese punto.
Qué decidió la Corte
La Corte confirmó la negativa. Explicó que el hecho jurídicamente relevante —la publicación deshonrosa del 23 de agosto de 2023— se mantuvo incólume durante todo el proceso, y que la existencia de la deuda o su vínculo con los suicidios eran apenas hechos indicadores, cuya precisión no altera el núcleo de la acusación. Sobre la retractación, señaló que la Sala de Instrucción ya la había analizado y rechazado motivadamente, sin que la defensa recurriera esa decisión, por lo que la nulidad pretendía reabrir un debate cerrado.
Por qué importa
La decisión distingue con claridad entre hechos jurídicamente relevantes, hechos indicadores y medios de prueba, y precisa que la congruencia protege el núcleo fáctico, no cada dato probatorio. También reafirma que la nulidad no es un recurso para revivir decisiones desfavorables ya ejecutoriadas.